El artículo 9 de la Ley Nº21.420 creó un impuesto anual, de tasa 2%, que deben pagar las personas naturales o jurídicas que hayan sido propietarias de ciertos vehículos de lujo al 31 de diciembre del año anterior, sobre el valor corriente en plaza de dichos bienes.

El impuesto afecta a los siguientes vehículos ubicados en territorio nacional (inscritos en Chile):

  1. Helicópteros, tripulados, de peso superior a 160 kilos, cuyo precio corriente en plaza sea igual o superior a 122 UTA ¹;
  2. Aviones, tripulados, de peso superior a 160 kilos, cuyo precio corriente en plaza sea igual o superior a 122 UTA;
  3. Yates, cuyo precio corriente en plaza sea igual o superior a 122 UTA;
  4. Automóviles, station wagons y vehículos similares, cuyo precio corriente en plaza sea igual o superior a 62 UTA².

Están exentos de este impuesto los siguientes bienes:

  1. Los que sean de propiedad del Fisco;
  2. Los que sean de propiedad de las municipalidades;
  3. Aquellos vehículos de lujo que sean propiedad de empresas que desarrollen actividades de los números 1,3,4 y 5 del artículo 20 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (se excluyen sociedades de inversión o que se dediquen a obtener rentas de capitales mobiliarios), cuando dichos vehículos sean efectivamente destinados al desarrollo de dichas actividades y sean indispensables para el desarrollo de las mismas, y;
  4. Yates que tengan como principal medio de propulsión la vela y que sean utilizados por deportistas en sus actividades deportivas.

El SII debe determinar anualmente el valor corriente en plaza sobre el cual se aplica el impuesto, en base a las reglas que establece la ley, y elaborar un registro anual indicando tales valores. Tratándose de automóviles station wagons y vehículos similares, el valor será el que determine anualmente el SII para efectos del pago del permiso de circulación.

La nómina de bienes y valores aplicable respecto de los bienes poseídos al 31 de diciembre de 2022 se encuentra disponible en el portal web elaborado por SII con respecto a este impuesto, al cual se puede acceder en el siguiente link.

En caso que necesites información adicional sobre las materias aquí incluidas, no dudes en contactarnos.

     

    [1] $89.533.848 de acuerdo al valor de la UTA al 31.12.2022.
    [2] $45.500.808 de acuerdo al valor de la UTA al 31.12.2022.

     

    Esta publicación ha sido elaborada en términos generales y solo con fines informativos. Esta publicación no puede ser considerada como una asesoría profesional.