Uno de los temas relevantes del proceso de operación renta es la correcta determinación de los capitales propios tributarios de las empresas, para efectos de la determinación y pago de la Patente Municipal.

 

¿Qué es la Patente Municipal?

La Patente Municipal es un permiso necesario para realizar cualquier actividad comercial de carácter secundaria o terciaria y es otorgado por la Municipalidad correspondiente al lugar donde se realiza la actividad.

Se excluyen del pago de Patente Municipal las actividades primarias, es decir, aquellas que consisten en extracción de productos naturales, como la agricultura, pesca, caza, minería, etc., actividades previas a la extracción y venta de los productos que provengan de esta actividad.

¿Cómo se calcula el monto de patente a pagar?

La Patente Municipal es un pago de carácter anual, cuya tasa varía entre 2,5 por mil y 5 por mil, dependiendo de la Municipalidad.

Si se trata de una empresa nueva, la Patente se calcula sobre la base del capital inicial de ésta. En los demás casos, el monto de la Patente se calcula sobre el capital propio tributario determinado al 1 de enero del año respectivo.

En caso que el contribuyente tenga participación en otras empresas que se encuentren afectas al pago de Patente Municipal, puede deducir de su capital propio tributario (base imponible de la Patente Municipal) el monto que representa la inversión en tales empresas.

En caso que la empresa tenga sucursales, se debe distribuir el capital propio tributario afecto a Patente entre la casa matriz y las distintas sucursales, en función del número de trabajadores de éstas.

El monto de Patente a pagar no puede ser inferior a 1 UTM ni superior a 8.000 UTM.

¿Cuándo se paga?

La Patente Municipal corresponde a un monto anual, que puede ser pagado en dos cuotas: la primera hasta el 31 de enero y la segunda hasta 31 de julio de cada año.

Durante el mes de abril las empresas deben informar al Servicio de Impuestos Internos (SII) el monto de su capital propio tributario, en la declaración anual de impuesto a la renta (F22). El monto informado constituirá la base de cálculo de la patente municipal, motivo por el cual es de vital importancia asegurar su correcta determinación en el proceso de operación renta.

Además de lo anterior, durante el mes de mayo se debe solicitar ante la Municipalidad respectiva la rebaja de inversiones en otras empresas afectas a Patente, del capital propio tributario, y declarar la existencia de sucursales y número de trabajadores por sucursal, para la determinación del capital propio tributario definitivo afecto a Patente en la comuna respectiva; todo lo anterior, con los respectivos certificados emitidos por las demás Municipalidades involucradas.

En caso de que necesites ayuda con la determinación de tu capital propio tributario y con la tramitación de las solicitudes de rebaja y declaración de sucursales ante la correspondiente Municipalidad, no dudes en contactarnos.